El trabajo infantil es el resultado de la pobreza y una manera de perpetuarla, sobre todo en sus peores formas: deshumaniza a los niños y a las niñas al reducirlos a un simple activo económico, lo cual genera una espiral de crecimiento de la población entre los países con menor capacidad para hacer frente a este problema.
Además, el trabajo infantil agrava el problema del empleo de los jóvenes en la medida en que impide que adquieran la educación y las calificaciones profesionales necesarias para su incorporación al mercado de trabajo.
En la actualidad, el número de niños y niñas que trabajan en todo el mundo asciende a 218 millones.
Salvo en el caso de África, el trabajo infantil es un fenómeno en retroceso en todos las regiones del mundo. Según los últimos datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la región de Asia y Pacífico tiene la mayor concentración de trabajo infantil, con 122,3 millones; África le sigue en este siniestro ranking, con 49,3 millones. Europa y Asia Central concentran algo más de 27,3 millones, mientras los estados árabes, con 13,4 millones, y América Latina, completan la lista.
Conceptos claros
Es importante definir conceptos e indicar que se considera por tareas infantiles, trabajo infantil y las peores formas de trabajo infantil:
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Tareas infantiles: La participación de los niños, las niñas y los adolescentes en un trabajo –una actividad económica– que no afecte de manera negativa su salud y su desarrollo ni interfiera con su educación, es a menudo positiva. El Convenio No.138 de la OIT permite cualquier tipo de trabajo ligero (que no interfiera con la educación) a partir de los 12 años.
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Trabajo infantil: El trabajo infantil es un concepto más limitado que se refiere a los niños que trabajan en contra de las normas de la OIT que aparecen en los Convenios 138 (la edad mínima de trabajo) y 182 (las peores formas de trabajo infantil). Esto incluye a todos los niños menores de 12 años que trabajan en cualquier actividad económica, así como a los que tienen de 14 años y trabajan en un trabajo más que ligero, y a los niños y las niñas sometidos a las peores formas de trabajo infantil.
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La Ley mínima que se establece en el convenio 138 de la OIT es como máximo 15 años, no obstante en función de las legislaciones de los países se puede fijar como máximo en 14 años siempre y cuando la actividad que se desarrolle no sea de las clasificadas como las peores formas de trabajo infantil.
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Las peores formas de trabajo infantil: Entre ellas se encuentran la esclavitud, el reclutamiento forzado, la prostitución, la trata, la obligación de realizar actividades ilegales o la exposición a cualquier tipo de peligros.
En el marco de los objetivos del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la OIT (IPEC), ISCOD apoya el papel de las organizaciones de trabajadores y trabajadoras como interlocutores sociales, ya que su participación tripartita puede modificar la realidad.
Las centrales sindicales definen el enfoque de las principales líneas de actuación en los derechos y en particular en el derecho a la educación y la concepción del trabajo decente, mediante la autoorganización, los acuerdos de negociación colectiva y la acción en el derecho formal.